Desde el año 2015 que en Chile se abrió una alternativa para quienes quisieran unir su vida junto a su pareja pero que no quisieran (o pudieran en ese entonces) contraer matrimonio: El Acuerdo de Unión Civil (AUC).
Y si bien ambos buscan establecer las bases de una vida en común entre dos personas mediante el cambio del estado civil, hay varias diferencias muy importantes y que hay que tener en consideración al momento de elegir por cuál optar.
¿Qué es el Acuerdo de Unión Civil?
Un Acuerdo de Unión Civil o AUC es un contrato que está establecido en la Ley 20.830 desde el año 2015, en el que se fijan los aspectos jurídicos propios de una vida afectiva en común, y que cambia el estado civil de ambas partes de solteros a convivientes civiles.
Este puede ser firmado durante una ceremonia entre dos personas del mismo o de distinto sexo de forma libre y voluntaria, siempre y cuando se cumplan los siguientes requisitos:
- Ser mayores de edad.
- Ambas personas no deben ser parientes ascendientes o descendientes por consanguinidad o afinidad, o de segundo grado (hermanos).
- Ambas partes no podrán estar casadas o tener acuerdos de unión civil vigentes entre ellas o con otras personas.
- Los contrayentes deben tener la libre administración de sus bienes.
¿En qué consiste el matrimonio civil?
Por definición, el matrimonio está definido en el Artículo 102 del Código Civil como “un contrato solemne por el cual dos personas se unen actual e indisolutivamente, y por toda la vida, con el fin de vivir juntos, procrear y auxiliarse mutuamente”.
Para ello, se debe pedir una hora en el Registro Civil y ambas partes deben cumplir con los siguientes requisitos:
- Ser mayores de edad.
- Estar habilitados y no tener impedimentos legales para contraer matrimonio.
- Cumplir con la formalidad de realizar la manifestación de su intención de casarse.
- Tener dos testigos hábiles que den fe de que los futuros cónyuges no tienen impedimentos para contraer matrimonio.
- No haber contraído o tener vigente un Acuerdo de Unión Civil (AUC) con una tercera persona.
- Entregar su consentimiento libre y espontáneo.
Además, desde el año 2021 que se empezó a implementar la Ley de Matrimonio Igualitario, dando así la posibilidad de casarse, dar calidad de familia, o adoptar hijos a las parejas homosexuales.
Diferencias entre Acuerdo de Unión Civil y matrimonio civil
Así, y si bien pueden ser muy similares en muchos aspectos, hay ciertas diferencias claves entre el Acuerdo de Unión Civil y el matrimonio que son importantes de considerar al momento de elegir cuál firmar.
Para poder firmar el Acuerdo de Unión Civil, por ejemplo, no se necesitan testigos como para el matrimonio, solo es necesario realizar la manifestación de la voluntad de firmarlo.
Además, mientras que el matrimonio cambia el estado civil de los contrayentes a casado; el AUC, tal y como su nombre lo indica, da el estatus de conviviente civil.
Por otra parte; los matrimonios en la actualidad pueden optar a la adopción de hijos, a diferencia de los convivientes civiles, ya que el proyecto de ley que les otorga este derecho todavía se encuentra en tramitación.
Otro punto muy importante para considerar es el régimen de bienes de cada vínculo. Mientras que en el matrimonio se utiliza por defecto la sociedad conyugal, en el AUC se opta por la separación de bienes; a no ser que voluntariamente la pareja exprese su voluntad de unirse en comunidad de bienes.
“Comunidad de bienes, que es lo que rige en el Acuerdo de Unión Civil, significa que todo lo que yo adquiero pasa a ser parte de nosotros dos como socios, comuneros”, explicó la abogada y socia de GrupoDefensa.cl Carmen Gloria Arroyo en el programa ADN Te Escucha de Radio ADN. “Es lo mismo que pasa si yo tengo una empresa y voy con mi socio y nos compramos un bien a nombre de esa sociedad”.
¿Cómo se disuelve el Acuerdo de Unión Civil?
Al igual que con el matrimonio, las parejas pueden tomar la decisión de finalizar el Acuerdo de Unión Civil.
“Ponerle fin al matrimonio a través del juicio de divorcio, que es lo más habitual, es bastante engorroso”, comentó Carmen Gloria Arroyo. “En cambio el Acuerdo de Unión Civil tiene esta posibilidad, que no siempre es así, de que ambas partes de común acuerdo van al Registro Civil y le dicen ‘ya no queremos seguir casados’ y se acabó”.
Las razones para anular el AUC son:
- Mutuo acuerdo.
- Muerte natural o presunta de una de las partes.
- Si contraes matrimonio con tu conviviente civil.
- De forma unilateral, escritura pública, o acta otorgada ante un oficial del Registro Civil.
- Mediante declaración judicial de nulidad.
También, es importante recalcar que en los casos que la separación se de por mutuo acuerdo, voluntad unilateral, o declaración jurada de nulidad, el conviviente que no haya podido trabajar para dedicarse al cuidado de los hijos por ejemplo, tendrá el derecho de solicitar compensación económica igual que en los divorcios.
Así, una vez disuelto el acuerdo, ambos convivientes cambiarán su estado civil nuevamente a soltero.