Si recibiste una notificación de demanda judicial por deudas, lo primero que debes hacer es buscar la asesoría de un abogado para que analice tu situación y evalúe las posibilidades de defensa que podrían ser aplicables a tu caso.

Es importante reaccionar rápido, porque el plazo para defenderse corresponde solo a ocho días hábiles, entre los que también se consideran los sábados.

“Es muy importante hacer valer el derecho de defensa, porque presentar excepciones a la demanda por deudas puede traer algunos beneficios”, explica Mario Espinosa, abogado de GrupoDefensa.cl.

Y agrega: “Se podría reclamar, entre otras cosas, el cumplimiento de las formalidades de la demanda, la validez del título, la prescripción y se pueden presentar algunos comprobantes de pago según corresponda”.

¿Qué pasa si mis deudas pasan a cobranza judicial?

Existen diferentes mecanismos a los que los acreedores recurren cuando un deudor deja de pagar. En una primera etapa, conocida como cobranza extrajudicial, el deudor recibirá insistentes llamados de cobranza en los que se pedirá cumplir con la obligación comercial o que se evalúen alternativas como repactar las deudas.

La situación, explica el abogado, “se complica cuando la empresa con la que registras deudas impagas pasa a una segunda etapa, en la que decide interponer una demanda en tu contra, así se inicia el proceso de cobranza judicial”.

¿Qué es la cobranza judicial por deudas?

La cobranza judicial es cuando el acreedor interpone una demanda contra el deudor en tribunales. En otras palabras, la entidad que prestó el dinero se da cuenta que el deudor dejó de cumplir con sus obligaciones durante un tiempo razonable, por lo que acude a tribunales para iniciar un juicio en su contra.

Cuando un deudor es demandado por su acreedor por registrar deudas morosas o impagas, se habla de cobranza judicial, porque a través de esta acción legal se busca obligar el pago de la deuda atrasada.

¿Cómo se comunica la cobranza judicial?

Las demandas por deudas se comunican a través de una notificación, la que por lo general es realizada por un receptor judicial de forma personal.

¿Qué pasa si la notificación de la demanda por deudas no se pudo entregar de forma personal?

La ley establece que la primera notificación de una demanda por deudas es personal. Sin embargo, si se cumplen ciertos requisitos, la ley establece la notificación subsidiaria o por el artículo 44 del código de Procedimiento Civil.

Esta ocurre cuando el demandado no es encontrado en su domicilio o en la dirección informada en la demanda, pero el receptor constata que efectivamente vive en el lugar. Entonces, el receptor podrá volver en una segunda oportunidad y, si nuevamente no encuentra al demandado, podrá dejar copia de la demanda a cualquier persona adulta o simplemente dejar una copia de la demanda en el domicilio.

¿Qué otras alternativas existen para notificar?

Cuando resulta difícil conocer los datos de una persona o determinar su residencia para notificar una demanda por deudas, el juez tiene la posibilidad de publicar un aviso en un medio de comunicación. Si esto se hace por primera vez, adicionalmente tendrá que insertarse la publicación en el Diario Oficial.

¿Cómo saber si tengo cobranza judicial?

En ocasiones podría ocurrir que no llegue la notificación de la demanda por deudas, por eso te recomendamos revisar de forma directa en la oficina judicial virtual del Poder Judicial. Para obtener la información solo debes contar con tu Rut y clave única otorgada por el Registro Civil.

¿Qué consecuencias tiene una demanda por deudas?

En un juicio de cobranza por deudas el deudor se expone a consecuencias negativas como el embargo y posterior remate de sus bienes. Por eso, es fundamental buscar ayuda de forma oportuna y defenderse con un abogado.

Si no puedo pagar mis deudas, ¿en cuánto tiempo me podrían demandar?

No existe un tiempo legal establecido, dependerá de cada caso y del acreedor, quien puede interponer una demanda contra el deudor desde que registra el primer atraso en su pago.

El acreedor podrá evaluar el comportamiento de pago anterior, la cantidad de cuotas pagadas hasta el momento, del monto adeudado y las garantías existentes.

Puedes informarte más al respecto en el siguiente capítulo de nuestro programa ADN Te Escucha:

Tengo varias demandas por deudas, ¿podría salir del país?

Las demandas por deudas son acciones civiles de cobro, por lo que no existe inconveniente en salir del país. Distinto es el caso de estar afecto a una medida como arraigo nacional o internacional, decretado en un juicio penal.

¿Es posible eliminar las deudas informadas por el Boletín comercial o por la Comisión para el Mercado Financiero?

En algunos casos se puede reclamar la prescripción del pagaré, lo que significa que no se pueden realizar nuevas acciones judiciales para el mismo documento.

En el caso de un pagaré, esto ocurre cuando ha transcurrido más de un año desde que el acreedor presentó la demanda por deudas.

Cuando el demandado no fue notificado, hay otras alternativas como solicitar el abandono del procedimiento.

¿Tienes más dudas sobre demandas por deudas?

Si necesitas saber algo más sobre demandas judiciales por deudas, te invitamos a contactar a nuestros abogados expertos. ¡La primera consulta es gratuita!