Poco a poco hemos ido retornando a la normalidad. Ya los efectos más graves de la pandemia, en cuanto al funcionamiento, han quedado atrás. La mayoría de la gente ya volvió o, al menos, puede volver a trabajar en las condiciones en que lo hacía antes de la crisis sanitaria. Y el teletrabajo pareciera ser más ahora una alternativa que una obligación. De hecho, según el Observatorio del Contexto Económico de la Universidad Diego Portales, pasamos de un peak de 20,3% a un 6,7% de teletrabajadores en el país.

La situación actual es muy distinta de lo que había antes de la pandemia. El teletrabajo, según nuestra perspectiva, se apuró bastantes años en llegar; sin este contexto, probablemente, estas condiciones laborales actuales de trabajo telemático las habríamos alcanzado dentro de unos cinco o diez años más, pero ocurrió antes.

En ese sentido es fundamental la Ley de Teletrabajo que hoy está vigente, porque regula la situación de los trabajadores y trabajadoras que prestan servicios a distancia, específicamente, en lo que dice relación con sus derechos como trabajador.

Lo principal es que cuenten con todos los implementos para desarrollar su actividad, cuestión que, además, debe ser costeada por el empleador. La ley y la Dirección del Trabajo son claras: no se le puede exigir al trabajador que se provea a sí mismo del equipamiento ni los elementos de seguridad que va a requerir, porque estos deben ser entregados por el empleador.

Si bien la tendencia es que el teletrabajo va a la baja, la gente que va a seguir prestando servicios a distancia y que antes no lo hacía de esta manera, va a ser bastante numerosa. Obviamente, el trabajo presencial va a seguir siendo lo principal, además, porque hay rubros donde es imposible implementar el teletrabajo; pero en aquellos que sí se puede se va a mantener e incluso se van a generar trabajos nuevos con este mecanismo.

Como precaución, lo más importante es que quienes estén prestando servicios telemáticos tengan muy claro cuáles son sus derechos, para que exijan las condiciones mínimas y adecuadas para teletrabajar. Tener acceso a internet es fundamental, también contar con un buen equipo de trabajo, me refiero a un buen mouse, un mousepad que sea ergonómico para evitar las lesiones en las muñecas, un buen teclado y todo lo necesario.

El teletrabajador tiene que poder desarrollar su trabajo como si estuviese en una oficina. Tener también una buena silla, que sea cómoda y no esté suelta. No tiene porque el trabajador comprar una silla, independiente, que en su casa tenga un escritorio, porque siempre es el empleador quien tiene que proveer estos elementos para desarrollar el trabajo.

En cuanto a los alcances legales, la verdad es que la Ley de Teletrabajo ha sido bastante enfática al decir que todos los derechos laborales de quienes trabajan de forma presencial también son aplicables para los teletrabajadores.

Como consejo es muy importante tener presente los tiempos de desconexión, el estar con teletrabajo no significa trabajar 24 horas los siete días. Se debe cumplir y respetar la jornada de trabajo. No se deben recibir correos electrónicos a cualquier hora. Tampoco se está obligado a dar respuesta a mensajes o aplicaciones que se usan para trabajar en forma grupal, ni a ninguna instrucción puede ser fuera del horario de trabajo.

La ley hoy no distingue ni le resta derechos a aquellos que trabajan presencialmente en desmedro de aquellos que trabajan telemático. Si bien el teletrabajo es un mecanismo que no existía antes, o que era mucho menos frecuente, estamos seguros de que hoy y en el futuro va a seguir sumando importancia. Por ello, debes tener claro que no por trabajar a distancia tendrás menos y peores derechos.