La familia es el núcleo fundamental de la sociedad. Cualquier desacuerdo o ruptura genera una carga emocional, que generalmente afecta a todos los integrantes del hogar.
Es fundamental formalizar los acuerdos que permitan resolver los conflictos de familia.
Divorcio
¿Dónde se formalizan los acuerdos?
- Se formaliza en el Tribunal de Familia y con el patrocinio de un abogado.
¿Errores más comunes a la hora de divorciarse?
- No formalizar el término del matrimonio, transcurrido el plazo de un año para el divorcio de común acuerdo y de tres años para el divorcio unilateral.
- Firmar un acuerdo de divorcio sin asesoría legal.
- Aceptar todo lo solicitado en una negociación por otras materias, con el objeto de lograr el divorcio.
¿Qué pasa con los hijos en el divorcio?
- La relación con los hijos se podrá establecer en el divorcio de mutuo acuerdo. De lo contrario se deberá iniciar otro juicio y un juez lo definirá.
Régimen de visitas (Relación Directa y Regular), pensión de alimentos y tuición de los hijos
¿Dónde se formalizan los acuerdos?
- Si hay acuerdo: Formalizarlo en una escritura, firmada por un abogado y presentada en el Tribunal de Familia.
- Si no hay acuerdo: Será obligatorio un proceso de mediación que, de no ser exitoso, dará paso a una demanda en los tribunales de Familia.
¿Errores más comunes al regular la pensión de alimentos, visitas y cuidado de los hijos?
- No formalizar situaciones de hecho, mediante acuerdos legalizados o juicios.
- No formalizar las modificaciones que se van dando en el transcurso del tiempo.
¿Puedo pedir lo que yo quiera como pensión de alimentos?
No, debe estar ajustado a las necesidades de los alimentarios y capacidad económica de ambos padres.
¿Hasta qué edad se puede exigir pensión de alimentos?
La entrega de pensión es hasta los 21 años, salvo que los hijos o hijas estén estudiando y cuyo plazo se extiende hasta los 28 años.
¿Quién se queda al cuidado personal de los hijos?
Si ambos padres están vivos la tarea de cuidado corresponderá a los dos y si están separados, ambos podrán determinar de común acuerdo que el cuidado personal lo tenga el padre, la madre, o ambos de forma compartida.
¿El cuidado personal puede quedar a cargo de un tercero?
Sí, cuando el tribunal determina que existe inhabilidad física o moral de ambos padres.
¿Se puede suspender el régimen de visitas?
Si una de las partes considera que se está vulnerando o poniendo en peligro el bienestar del niño o niña, y existen pruebas que demuestren los hechos, se podrá pedir a los tribunales suspender las visitas.
Recuerda:
- Siempre debes formalizar situaciones de hecho, mediante acuerdos legalizados o juicios.
- En los casos de pensión de alimentos, visitas y cuidado personal, la ley exige que, antes de demandar, se realice una mediación previa.
- Todo acuerdo debe tener asesoría legal y el patrocinio de un abogado.