Nuestro equipo legal se preocupa de regular el cuidado personal de los hijos que tiene como objetivo primordial preservar el desarrollo y estabilidad emocional cuando sus padres se separan. Este cuidado implica la responsabilidad de satisfacer las necesidades físicas, emocionales y sociales de los niños, niñas y adolescentes, así como proporcionar un ambiente seguro e integral.
La presencia constante de figuras parentales proporciona a los niños un sentido de pertenencia y conexión, y les ayuda a desarrollar relaciones saludables y seguras en el futuro.
Corresponde a ambos padres, quienes deben criar y educar a sus hijos, sin embargo, hay situaciones en las cuales por el bienestar del niño o niña éste se debe radicar en uno de los padres o incluso en un tercero.
Solicitado en tribunales por uno de sus padres o por un tercero en caso de que haya inhabilidad física o moral de ambos padres. Se privilegiará a los consanguíneos más próximos, en especial a los abuelos.
Consiste en formalizar judicialmente una situación de hecho, que puede ser presentada por uno de los padres o por incluso por un tercero.
Si te encuentras en las siguientes situaciones podrás presentar una demanda de cuidado personal:
✓ Tienes un hijo o hija menor de edad que no vive contigo, o es un nieto u otro miembro de tu familia menor de edad.
✓ No estas de acuerdo en la forma en que está siendo cuidado por quien lo tiene a su cargo.
✓ Además, existe una vulneración o riesgo de vulneración de sus derechos, lo que pone en peligro el bienestar de ese niño o niña.
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