Desde hace 25 años GrupoDefensa.cl, a través de su marca Defensadeudores.cl, ha ayudado a miles de personas a volver a empezar, dejando atrás sus casos de sobreendeudamiento.
La cobranza judicial se refiere al proceso cuando el acreedor interpone una demanda contra el deudor en tribunales. En otras palabras, dicha empresa se da cuenta que el deudor no está cumpliendo con sus obligaciones y que ha pasado un tiempo razonable sin hacerlo, entonces acude a tribunales para iniciar un juicio en contra del deudor.
Si una persona es notificada de una demanda debe concurrir inmediatamente donde un abogado, puesto que una vez que se produzca el requerimiento de pago por parte de un receptor judicial, que puede ocurrir en el mismo momento de la notificación o unos días después, comenzará a correr el plazo para defenderse de la demanda oponiéndose a la ejecución con alguna de las excepciones previstas por la ley.
La tercería es una acción judicial que puede presentarse en aquellos casos en que se embarguen bienes que no son del deudor. Para hacerlo la persona poseedora de los bienes debe contar con el patrocinio de un abogado y al recurrir a este mecanismo se le indica al tribunal, que ordenó el embargo, que los bienes pertenecen a un tercero sin vínculo con la deuda que motiva el juicio de cobranza.
Para presentar una tercería debes contar obligatoriamente con un abogado y es importante siempre recurrir a un profesional que pueda analizar muy bien tu caso y guiarte, ya que toda tercería requiere una serie de trámites y evidencia para probar a quién realmente pertenecen los bienes. También se pueden presentar testigos que puedan confirmar a quien le pertenecen los bienes embargados.
Al igual como en el caso de una empresa, una persona que se encuentre en estado de insolvencia económica -es decir con problemas de sobreendeudamiento- también puede acogerse a la Ley de Quiebra, lo que le permitirá extinguir la totalidad de las deudas y, posteriormente, dejar de figurar en registros comerciales como Dicom, logrando así rehabilitarse financieramente.
Acorde a lo establecido por la Ley 20.720, corresponde al procedimiento judicial realizado con apoyo de un abogado, que permite a toda empresa en estado de insolvencia económica -es decir, que ya no puede cumplir con sus obligaciones y pagos- cerrar formalmente y extinguir la totalidad de las deudas, para posteriormente salir de los registros comerciales y poder reemprender.